Amparo del exauditor, improcedente

Según la fracción VII del artículo 61 de la Constitución, el amparo promovido ante un juez federal por parte de Miguel Ángel Aguirre no tiene sustento jurídico frente a la resolución tomada por un cuerpo colegiado como el Congreso de Michoacán

Acento News

Aun cuando se promovió un amparo ante un juez federal, la remoción de Miguel Ángel Aguirre Abellaneda de la Auditoría Superior de Michoacán (ASM) es procedente de acuerdo a la Constitución.

Dicho en otros términos: el documento presentado por Aguirre Abellaneda, acusado de corrupción y ejercicio ilícito de la función pública, antes de su remocion, no tenía sustento jurídico.

Y es que, los presuntos delitos por los que fue removido el ahora exauditor, según el artículo 61 y su fracción VII, hacían improcedente el amparo de Miguel Ángel Aguirre.

En ésta se lee que el amparo no es conducente, al presentarse “VII. Contra las resoluciones o declaraciones del Congreso Federal o de las Cámaras que lo constituyen, de las Legislaturas de los Estados o de sus respectivas Comisiones o Diputaciones Permanentes, en declaración de procedencia y en juicio político, así como en elección, suspensión o remoción de funcionarios en los casos en que las Constituciones correspondientes
les confieran la facultad de resolver soberana o discrecionalmente”.

Es decir que no existe modo de ampararse ante la remoción como funcionario público, una vez que la LXXV Legislatura de Michoacán encontró procedencia en el caso de Aguirre Abellaneda, en el cual la Constitución confiere la facultad de resolución ante delitos en detrimento de la hacienda pública.

Es por ello que, una vez el procedimiento de remoción procedió, las chapas y combinaciones de la ASM habrían sido cambiadas y las instalaciones resguardadas por las autoridades, a fin de dar cumplimiento a la decisión que, con 25 votos a favor de 36, y once en contra, tomó el Congreso local la noche del jueves 25 de mayo en sesión extraordinaria.

Además, la destitución de Miguel Ángel Aguirre Abellaneda, ya exauditor de Michoacán, fue legalizada con la publicación del Periódico Oficial de Michoacán en edición nocturna de este 25 de mayo.